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abril  27, 2024

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Derecho Económico: Distintos enfoques y perspectivas

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Derecho Económico: Distintos enfoques y perspectivas

Por Julio A. J. Carrillo

En una reciente publicación, Julio H. G. Olivera distingue entre Derecho Económico y Análisis Económico del Derecho, reconociendo que “Uno de los hechos más interesantes del último siglo en el ámbito de las ciencias sociales ha sido la exploración sistemática de la intersección entre la Economía y el Derecho como disciplinas científicas. Esta intersección consta de dos componentes: el Derecho Económico y el Análisis Económico del Derecho”, distinguiendo la relación entre uno y otro desde su punto de vista (Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, La Ley, Noviembre 2009).-

 

Siendo numerosas las doctrinas publicadas en el Suplemento que se refieren al tema, que son conocidas por los lectores y que están a su disposición, por lo que consideramos que en esta editorial no debemos referenciarlas.-

 

Entrando en tema, vemos que en la presente entrega contamos con un excelente trabajo de Ejan MacKaay y Enrique Bour, en el que aportan una historia de las relaciones entre Derecho y Economía, mostrando su evolución desde los orígenes hasta los últimos años.-

 

Los autores destacan que la idea de aplicar los conceptos económicos para mejorar nuestra comprensión del derecho es mucho más antigua que el actual movimiento, aunque cobró notoriedad institucional en los últimos cincuenta años, con la creación de la disciplina Derecho y Economía (Law and Economics) en las carreras de grado de las Facultades de Derecho de Estados Unidos.-

 

Definen el análisis económico del derecho como ‘la aplicación de la teoría económica y de los métodos econométricos para examinar la formación, estructura, procesos, e impacto de las instituciones legales’, que investiga el efecto de cambiar una institución o más sobre otros elementos del sistema.-

 

MacKaay y Bour comienzan el artículo con una breve introducción al pensamiento de los precursores de la disciplina, entre los que se destacan Adam Smith, Thomas Hobbes y David Hume.-

 

Cabe destacar la amplia y científica bibliografía que acompaña el artículo, que indudablemente va a ser muy útil para aquellos de nuestros lectores que quieran profundizar el tema.-

 

La valiosa colaboración que referenciamos anteriormente, se cierran las conclusiones señalando que “El aspecto crucial es que la disciplina avance en trabajos empíricos capaces de rebatir principios falsos. Sólo de esta forma podremos saber qué es indiscutible dentro de L&E.”

 

“Pronto sabremos si Coase estaba en lo cierto al afirmar que en realidad, se están haciendo trabajos a tal velocidad que no me considero excesivamente optimista en creer que los lineamentos principales de nuestra disciplina quedarán establecidos dentro de cinco o diez años.”

 

Contamos también en esta edición con un artículo de Eduardo Conesa, titulado “El impacto de la economía en la política argentina”, en el que presenta la tesis de que la gobernabilidad de un país depende en parte de la buena marcha de la economía, dado que el crecimiento económico sostenido conlleva un aumento también sostenido en el consumo de la ciudadanía. El autor pone en duda el argumento de que con cambios en la Constitución y el establecimiento de un sistema, ya sea parlamentario, o Presidencialista, se mejorará la gobernabilidad.-

 

Conesa afirma que para el mantenimiento del crecimiento es esencial contar con una economía competitiva exportadora abierta en el contexto internacional y con superávit fiscal, y con un servicio civil competente y estable, sea dentro de un sistema presidencialista o de un sistema parlamentario.-

 

El artículo desarrolla cronológicamente los distintos períodos desde 1890 hasta 2011, y finaliza con un apartado titulado ‘El crecimiento sostenido como base del éxito político. Remisión y preguntas’, en el que ofrece reflexiones y presenta algunas cuestiones que dejan al lector pensando.-

 

Ricardo Saldaña presenta un comentario referido a los Premios Nobel de Economía del corriente año, en el que destaca la fecunda complementariedad de los abordajes de Sims y Sargent; mientras que las investigaciones de Thomas Sargent privilegian la interpretación de los efectos de cambios sistemáticos de política, Christopher Sims pone el foco en la forma e intensidad en que los shocks se propagan a través de la economía.-

 

Saldaña analiza las relaciones entre los temas mencionados por los galardonados y la situación mundial, así como las conexiones entre estos teóricos y nuestro país, con respecto a las cuales menciona a Julio Olivera, a quien se refiere como un potencial acreedor del reconocimiento de la Academia Sueca.-

 

Con respecto a la actual crisis europea, Saldaña afirma que la macroeconomía no puede resolver por si misma, una crisis que nace de la defectuosa arquitectura institucional europea.-

 

El autor termina el análisis celebrando que en tiempos en que en nuestro medio asistimos al peligroso intento de transformar a la economía en un ámbito de debate donde las hipótesis prevalecen según su grado de adecuación a la conveniencia política, el máximo reconocimiento académico constituya una reafirmación del valor de la información, como insustituible sustento para el análisis de la relación entre la política económica y la realidad económica.-

 

Mario Paz continúa con su serie dedicada a la Economía de las instituciones: De la ideología de la tecnocracia a la ética de la solidaridad. Paz plantea lo desacertado de actuar frente a esta crisis evidentemente diferente a otras, de la misma manera, con fórmulas de manual o sugerencias académicas que por lo general están pensadas para otros contextos, esos mismos contextos “emergidos” que hoy están en crisis por motivos similares a los que provocaron las crisis que en otras épocas se identificaron como características de lo que por contraposición eran economías “emergentes”. Destaca la importancia de combinar los cambios tecnológicos con solidaridad en pos del crecimiento.-

 

Paz cierra su artículo destacando que cada vez que hay inconvenientes en las economías más avanzadas, surgen apreciaciones apocalípticas de toda naturaleza y que tales apreciaciones deben ser consideradas con sumo cuidado, como lo fueron en sus momentos los famosos límites al crecimiento del MIT, pero eso no quiere decir que no podamos mirar la cuestión con una óptica diferente a la de otras oportunidades, de otra manera seguiremos sosteniendo la ideología de la tecnocracia y no habremos hecho demasiado por la ética de la solidaridad.-

 

Presentamos también una crónica de la conferencia sobre ‘La Realidad Argentina en el Contexto Mundial’ que ASSO ARGENTINA Asociación de Empresarios Italianos en Argentina Grupo ITALIA, que preside el Dr. Alberto V. Lisdero, organizó el pasado 20 de octubre 2011 en la Cámara de Comercio Suizo Argentina. El evento, que contó con la presencia del Dr. Cristiano Rattazzi como orador invitado, se llevó a cabo con un gran éxito y una cuantiosa concurrencia.-

 

En la sección noticias informamos sobre el Cóctel realizado en la Cámara Argentina de Comercio con motivo del 10º Aniversario de la Cámara Argentina de Empleados Culturales, presidida por Liana Sabatella, el día martes 1º de noviembre.-

 

En la sección libros recibidos presentamos:

 

‘La constitución, límite a los poderes del Estado’, de Pedro Ricardo Baldi y Pedro Felipe Baldi, Ediciones de la República, Buenos Aires, Argentina, 2011.-

 

‘Introducción a la Economía Social de Mercado’, de Marcelo F. Resico, Edición latinoamericana, Konrad, Adenauer, Stiftung, Brasil, 2011.-

 

Consideramos para cerrar este artículo señalar la vinculación entre las distintas disciplinas, para lo cual citamos al Maestro Francesco Carnelutti, que ya hemos mencionado anteriormente, cuando dice que “El Derecho no puede realizarse por parte de quien manda ni por parte del que obedece, sin hacer cuentas, es decir, sin tener en cuenta otras reglas, las de la economía que cabalgan probablemente en la sociología y la psicología”.-

(Julio A. J. Carrillo, “El Derecho y las Instituciones, su importancia en la economía”, en Derecho Económico, Suplemento Especial Derecho Económico, La Ley, febrero 2004).-

 

Citar: elDial.com - CC2B3A

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